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El método más utilizado para obtener la residencia permanente en los Estados Unidos es el de la solicitud a través de Matrimonio. Esto se debe a que las políticas del país americano apoya la idea de reunificar, si cabe el término, a las familias. En otras palabras, al gobierno le agrada concepción familiar tradicional unida en el territorio nacional.

En Estados Unidos existe una categoría de solicitud de residencia denominada: Media Relative Category, mediante esta es que los procesos se realizan de manera inmediata. Sin embargo, para lograr acceder a la misma debes estar casado con ciudadano americano, indiferente del género.

En primer lugar, conviene establecer el significado de Matrimonio para los Estados Unidos. Pues bien, el “estar casados” implica mucho más que ser cónyuge de la persona -a saber, vivir juntos-. Para que el gobierno americano reconozca el matrimonio debe haberse celebrado una ceremonia, además de poseer una licencia avalada por el país en el que se realizó, con constancias legales que así lo certifiquen.  

Importante: El matrimonio es un acto internacional, es decir, si la boda se realizó en Colombia, Venezuela, Argentina, entre otros, tiene validez legal en cualquier otro país del mundo, incluido los Estados Unidos.

La validez del punto mencionado con anterioridad radica, a la vez, en el tema del divorcio. Si llegase a existir algún matrimonio en el pasado, para poderse unir de modo marital con una persona que posee la nacionalidad americana, deberá inexorablemente divorciarse legalmente.

Asimismo, el gobierno americano reconocerá el divorcio, siempre y cuando, no haya sido por motivos de poder. Si así fuera, Estados Unidos desconocerá el mismo, si una de las contrapartes se encontraba fuera de la jurisdicción al momento de realizar el divorcio. De ocurrir, el proceso migratorio, e incluso la boda con el ciudadano americano, deberá repetirse.

Fuera del anexo realizado para el divorcio, convendría continuar con el proceso necesario al momento de contraer matrimonio con un ciudadano de los Estados Unidos, para obtener la nacionalidad deberán seguirse los siguientes pasos.

  1. Contraer matrimonio con una ceremonia y obtener una licencia registrada, sellada por el gobierno del estado, junto a demás entes correspondientes.
  2. La persona interesada en obtener la nacionalidad tuvo que haber ingresado legalmente a los Estados Unidos.

En este último punto ocurre algo que es menester destacar. Ingresar a los Estados Unidos y permanecer legalmente son dos cosas que no poseen verosimilitud para este ejemplo. Es decir, si a la persona se le venció su estadía legal al conocer y casarse con el ciudadano americano igual podrá acceder a su trámite de ciudadanía, si, y sólo si, ingresó legalmente al país.

Para solicitar la residencia en los Estados Unidos el beneficiario deberá proporcionar la siguiente documentación al momento de la entrevista.

  • Acta de matrimonio
  • Acta de nacimiento
  • Acta de divorcio (de existir)
  • Sentencias de divorcio (de existir)
  • Examen médico
  • Fotos estilo pasaporte
  • Documentos personales (pasaporte, etc)

Entre esos documentos existe uno que es de vital importancia denominado Affidavit Support,  este es un formulario, o contrato, también conocido como I-864, que el ‘Peticionario’ firma con el gobierno de los Estados Unidos, afirmando que se encuentra en la capacidad económica de ser el máximo responsable financiero de la persona interesada en obtener la residencia americana, durante los próximos diez años, o hasta que la obtenga.

De igual forma, en el escenario donde el Peticionario, demuestre, a través de sus impuestos, no estar adecuado para convertirse en el soporte económico de su pareja, se requerirá de un joint-sponsor. Es decir, un ciudadano americano que si cuenta con los recursos necesarios para transformarse en el máximo responsable financiero del “Solicitante”.

El motivo de este último punto es para que la persona que solicita la nacionalidad no se convierta, en el corto o mediano plazo, en una carga pública para el gobierno de los Estados Unidos.

Sobre el tiempo de espera, es importante mencionar que el mismo puede variar, dependiendo de la agilidad del gestor, y del gobierno local. No obstante, si existe cierto criterio por el cual se podría establecer una guía.

  • Presentar el trámite -Confirmación de recibo: 1 mes
  • Captación de huellas – Permiso de trabajo: 120 días
  • Solicitud de seguro social- Arribo de seguro social: 15 días

Desde este punto la espera no puede ser cuantificable, pues en tiempos recientes se ha evidenciado un aumento en la cantidad del mismo, llegando incluso a sobrepasar el año. En promedio, la espera podría alargarse a veinte meses. No obstante, como se mencionó con anterioridad, la velocidad del trámite dependerá de la agilidad burocrática de la oficina, por ejemplo, en Miami este tipo de casos demoran dieciocho meses en otorgar respuesta.

De igual forma, mientras este tiempo transcurre el “beneficiario” se encuentra legal en los Estados Unidos, su status se denominará: “Pendiente de Residencia”. Esta condición brinda la posibilidad de poseer permiso de trabajo, y de viajes en caso de aplicar.

Por su parte, una de las etapas que genera más ansiedad a los beneficiarios es la entrevista. Pese a diversos rumores e historias, la realidad es que este proceso es solamente de verificación de información, mediante oratoria, pero además también a través de la entrega de documentación particular. Entre lo más importante, se recomienda:

  • Evidencia bancaria (facturas, bills) en conjunto
  • Statements en conjunto
  • Seguro en conjunto
  • Contrato de arrendamiento (evidencia de propiedad en conjunto)
  • Fotos personales

Asimismo, es deseable que se presenten varios documentos cuyos titulares sean la pareja. No obstante, al momento de la entrevista se les hará entrega de una lista con los documentos necesarios para continuar el proceso.

La entrevista per sé tratará, principalmente, de realizar preguntas sencillas y de rutina a la pareja. Cuestionamientos simples, para comprobar la realidad del matrimonio, desde “¿quién se duerme primero?”, pasando por el ¿cómo se conocieron?. El objetivo es demostrar que se conocen de una manera cuasi perfecta.

Por su parte, existen también casos donde cada miembro de la pareja vive en estados diferentes. Para ellos, un documento importante que deberán portar serán pasajes de avión o alguna constancia que compruebe que en efecto son una pareja, pese a la distancia. Asimismo, deberán comentar el motivo por el que ocurre la separación y, deberá ser válido. Es decir, estudios, trabajo temporario, de esa índole.

El problema para los entrevistados suele ocurrir cuando los separan de su pareja. En estos casos lo más recomendable es la preparación. Entrenar la parte de las preguntas por separado, de modo que puedan disminuir, lo más posible, la cantidad de divergencias y respuestas diversas. Respondiendo siempre, claro está, con honestidad, si no hubo una gran festividad navideña, lo mejor es decir la verdad. No rimbombar las respuestas, buscando demostrar que son una pareja enamorada, eso no es necesario.

En cuanto al número aproximado de preguntas, es elevado. En un caso atípico, podría rondar las cien preguntas por individuo. Para evitar que este se convierta en un proceso engorroso se recomienda:

  1. Estar tranquilo
  2. Decir la verdad
  3. Conocer la vida de tu pareja
  4. Conocer su historia juntos

La respuesta de la entrevista suele tardar unos treinta días hábiles. Asimismo, si no solicitan alguna documentación extra, puede indicar que el resultado será positivo. De ser así, es dentro de esos treinta días que se recibirá por correo la Green Card.

La duración de la Green Card dependerá del tiempo de matrimonio que poseía la pareja al momento de ingresar a la entrevista. Es decir, si no tenían dos años cumplidos al momento de la misma, el periodo de la Green Card será de, justamente, dos años.

En estos casos, el gobierno americano busca comprobar la validez y permanencia del matrimonio. Por ende, noventa días antes de que finalice la extensión de la residencia se debe tramitar un proceso llamado “Remover Condiciones”, a través del formulario I-751.  Un trámite muy sencillo, donde, mediante envío de documentos, se comprueba que el matrimonio continúa en las mismas condiciones.

En caso de que la pareja se divorcie después de la entrevista el trámite podrá continuar con normalidad, la única condición necesaria es que se demuestre, con el formulario I-751, que durante el tiempo posterior a la entrevista -sea un año o menos- la pareja, en efecto, estuvo casada. Lo importante, y condicionante a la hora de recibir respuesta definitiva, es que al momento de enviar el formulario se debe estar divorciado, no en proceso.

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