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La visa E-2 es para personas que desean vivir y trabajar temporalmente en los Estados Unidos. Conseguirle amerita una serie de pasos a seguir y genera un conjunto de preguntas. A continuación las más frecuentes.

¿Quién es el propietario de la empresa?

Es necesario que el inversionista sea el propietario total o de al menos 51% de la empresa. Su rol en la empresa debe ser mayoritario.

Importante recordar que la visa E2 impide una inversión a partes iguales entre dos cónyuges. Para las leyes migratorias de los Estados Unidos el matrimonio puede estar conformado por una mujer y un hombre o entre dos personas del mismo sexo.

¿El monto de inversión?

No hay un monto establecido por la ley a la hora de solicitar una visa E2, pero si pueden influir dos factores:

Tipo de negocio, ya que no es lo mismo por ejemplo un hotel que una consultoría. Lo fundamental es que el negocio sea real, tenga sentido económico y sea sostenible.

Consulado donde se tiene que tramitar la visa.

Nota: Es importante reservar dinero de gastos de tramitación de la visa, también para el cónyuge y los niños, si los hubiera, gastos de abogado, de creación de empresa, de seguro médico, etc.

¿Qué se entiende por negocio sostenible?

Es fundamental que el negocio que se crea con una visa E-2 sea sostenible, esto quiere decir:

Debe generar ganancias

Debe tener ingresos suficientes para que el inversor pueda obtener un sueldo de gerente.

Debe generar empleo de ciudadanos americanos. El empleo no tiene que generarse inmediatamente, ni nacer con empleados. Es suficiente que crezca con el paso del tiempo y genere este tipo de empleo.

Nota: la clave es hacer de forma correcta el Plan de Negocios

¿Cuándo invertir?

No es necesario que se invierta todo lo que se tiene. el monto se ha de ir administrando en rentar un local, comprar computadores, contratar mercadeo, etc. y disponer de una parte del dinero en una cuenta de banco

Origen del dinero

Hablando de dinero, tiene que ser del inversor y poder demostrar su origen legal con testamentos, planillas de impuestos, etc.

Se admiten regalos. Es decir, unos padres le pueden dar dinero a una hija para que cree su negocio.

En cuanto a los préstamos, no están prohibidos, pero los consulados analizan con mayor detenimiento toda la papelería cuando se está en estos casos.

Si hay préstamos, tiene que estar garantizado por otras propiedades del inversor, pero NO por el negocio que se crea en Estados Unidos.

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